El 13 de octubre de 2026, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) publicó un tablero con capacidades indicativas de conexión de generación por barra para 2026 y 2027. Para un desarrollador, la pantalla ayuda a responder dónde parece haber espacio técnico bajo los escenarios evaluados. Para el controller o tesorero del vehículo de proyecto, la pregunta siguiente es más incómoda: ¿ese número ya puede entrar al cronograma, al modelo de ingresos o al paquete que verá el prestamista?

La respuesta corta es no. La propia UPME advierte que los valores son referencias indicativas: no asignan capacidad, no constituyen un concepto de viabilidad y no garantizan que una solicitud sea aprobada. El tablero reduce el universo de lugares que vale la pena estudiar; la capacidad utilizable nace de otro documento, después de una solicitud y una evaluación. [1]

Hallazgo. El mapa sirve para decidir dónde estudiar. El concepto y su aceptación deciden cuánto, desde cuándo y bajo qué condiciones puede avanzar el proyecto.

La diferencia no es semántica. Si el equipo trata una señal como decisión, puede contratar ingeniería sobre un supuesto no reservado, fechar una entrada en operación que la red todavía no soporta o presentar a financiación un hito inexistente. Si ignora el tablero por miedo a esa incertidumbre, pierde una herramienta útil de prefactibilidad. La salida es usar el mapa para formular mejores preguntas y exigir el expediente antes de mover caja o compromisos.

Qué cambió el tablero —y qué dejó intacto

La publicación muestra capacidades por barra y año bajo escenarios de baja hidrología y demanda. Para solicitudes de conexión temporal, la UPME informa que usará como referencia el cumplimiento del 95 % de los escenarios evaluados, conforme al Anexo 1 de la Resolución UPME 358 de 2026. Ese 95 % no es una probabilidad de aprobación: es un criterio técnico aplicado al conjunto de escenarios. Convertirlo en “95 % de certeza” mezclaría un umbral de estudio con un pronóstico de resultado. [1][2]

Las medidas buscan ampliar opciones de oferta ante baja hidrología asociada a El Niño. La Resolución UPME 542 recoge recomendaciones del Centro Nacional de Despacho y desarrolla un procedimiento para solicitar ampliaciones temporales que permitan entregar excedentes. El tablero hace visible una parte de ese contexto sistémico. No cambia por sí solo la capacidad asignada de una planta ni autoriza una nueva conexión. [3]

Tampoco resuelve todas las restricciones de una subestación. El Consejo Nacional de Operación separó la disponibilidad física —configuración, predio y espacio para equipos— de la viabilidad eléctrica u operativa. Puede existir espacio para una bahía y, al mismo tiempo, una restricción de cortocircuito, tensión o transporte. La pantalla es un mapa; no es el estudio completo. [4]

Además, la cifra tiene corte, año y supuestos. El primer control no es copiarla a una hoja de cálculo, sino conservar la versión consultada y relacionarla con la barra, potencia, tecnología y fecha que el proyecto realmente estudia. Si cambia una de esas variables, el equipo debe volver al análisis, no trasladar la señal anterior como si siguiera describiendo el mismo caso. Esta disciplina permite comparar oportunidades sin fabricar una reserva.

Tres rutas que no producen el mismo documento

Antes de leer una cifra, el equipo debe identificar qué ruta está mirando. En 2026 conviven al menos tres que se parecen desde lejos: la conexión definitiva de un proyecto clase 1; la conexión temporal de ciertos proyectos elegibles; y la ampliación transitoria para que una planta ya conectada entregue capacidad excedentaria. Mezclarlas hace parecer que una aprobación sirve para todo.

1. Asignación definitiva

La Resolución CREG 075 de 2021 organiza la asignación para proyectos clase 1. El concepto de conexión es la decisión que asigna capacidad y fija elementos como el punto y la fecha de puesta en operación (FPO). La FPO es la fecha máxima definida para entrar en operación bajo el concepto; no es una fecha que el desarrollador pueda escribir unilateralmente en su modelo. La UPME tramita solicitudes y seguimiento mediante la ventanilla única. [5]

Incluso un concepto favorable no cierra el expediente. Una vez queda en firme, el interesado dispone, en la regla general vigente, de dos meses para aceptar la capacidad. Debe aportar la aprobación de la garantía para reserva de capacidad por el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) y la curva S de construcción con sus hitos. Si no entrega los documentos dentro del plazo, se entiende que desistió y la UPME libera la capacidad. [5, art. 28]

2. Conexión temporal ligada a una definitiva

La Resolución CREG 101 094 de 2025 y la Resolución UPME 358 de 2026 abrieron una ruta para proyectos que cumplen criterios definidos, como determinadas obligaciones con el sistema o trámites ambientales. La evaluación cubre el horizonte entre el comienzo temporal solicitado y la FPO de la conexión definitiva vinculada a la expansión. [2][6]

La alternativa solo es viable si, con expansiones ya aprobadas, no viola criterios de calidad, confiabilidad y seguridad ni agrava restricciones. Puede aprobarse menos capacidad que la solicitada. Si se niega la definitiva, también se niega la temporal; si el proyecto no se conecta al inicio de la vigencia temporal, esta pierde vigencia. Y la temporalidad no reemplaza una obra requerida para la solución definitiva. [2, arts. 13–14][6, arts. 17–20]

3. Excedentes de una planta ya conectada

La tercera ruta parte de una planta, cogenerador o autogenerador con capacidad asignada que pretende entregar excedentes adicionales durante la activación de las medidas. La Resolución CREG 101 114 define si la solicitud llega a UPME o al operador de red según tipo, tamaño y conexión; la Resolución UPME 542 desarrolla el trámite bajo competencia de la Unidad. [3][7]

El interesado radica formatos; UPME revisa completitud; el transportador comenta factibilidad y limitaciones; y la Unidad evalúa zona, seguridad y Código de Redes. El resultado es aprobación o no aprobación, y puede ser por menos capacidad. La decisión es temporal, no crea derechos sobre una conexión definitiva y revierte a las condiciones anteriores cuando termina la medida. Tampoco demuestra entrega de energía, despacho, ingreso o cobro. [3, pp. 5–7]

La misma solicitud cambia cinco veces de estado

SOL–184 mantiene la misma barra, proyecto y responsables mientras cambian el documento y la decisión disponible.

SIMULACIÓN PEDAGÓGICA · SOL–184

De una señal de 40 MW a una decisión de 22 MW

No representa un proyecto, barra, solicitud o concepto real.

1. El tablero abre una hipótesis40 MW orientan la prefactibilidad; no están reservados para SOL–184.
Paso 1 de 5
La barra y el proyecto no cambian: cambian la evidencia, la cifra utilizable y la siguiente decisión.
  1. 1. Conservar la señalCorte, escenarios y 40 MW justifican estudiar; no reservar.
  2. 2. Radicar el expedienteSOL–184 pide 30 MW con estudio, FPO e información aplicable.
  3. 3. Contrastar la redUPME y transportador revisan seguridad, restricciones y obra.
  4. 4. Leer el concepto22 MW temporales tienen plazo y condición; no son 40 ni 30.
  5. 5. Aceptar y seguirGarantía, curva S y responsable convierten la decisión en seguimiento.

SOL–184: de la pantalla al expediente

SOL–184 es una simulación, no una planta real. La sociedad evalúa una conexión y el tablero muestra 40 MW indicativos para 2027; su diseño preliminar requiere 30 MW. La lectura apresurada diría que sobran diez. La correcta dice algo más modesto: existe una señal que justifica pagar el siguiente nivel de estudio.

Primero, desarrollo conserva la captura, el corte y los supuestos. Finanzas abre presupuesto para estudios, pero no reconoce capacidad reservada ni fecha ingresos. Legal no presenta la pantalla como autorización. La decisión disponible es explorar.

Después, el proyecto determina que cumple los criterios de la ruta temporal asociada a una definitiva. Reúne estudio de conexión, FPO solicitada, información técnica y requisitos legales aplicables. Al radicar completo, cambia de oportunidad observada a solicitud en evaluación. Un correo enviado no equivale a radicación completa.

UPME y transportador contrastan los 30 MW con escenarios, restricciones y expansiones. La simulación supone que solo 22 MW son viables durante la ventana y que la solución definitiva depende de una obra. Los 40 MW no eran falsos: respondían a otro nivel de agregación. Tampoco eran una promesa individual.

El concepto definitivo simulado es favorable bajo condiciones y la alternativa temporal se aprueba por 22 MW. Ingeniería revisa interconexión; comercial no contrata como si tuviera 30 MW firmes; tesorería separa el periodo temporal; y el modelo refleja obra, FPO y capacidad documentada. El concepto no aprueba crédito ni sustituye licencia ambiental.

Por último, el interesado acepta la asignación definitiva dentro del plazo y conserva garantía, curva S y responsable de obra. Solo entonces finanzas puede decir: existe una capacidad asignada bajo estas condiciones, una alternativa temporal por este valor y estas dependencias antes de operar.

Cuando falta una pieza, cambia la consecuencia

Si no se presentan garantía o curva S dentro del plazo de aceptación, la regla general prevé desistimiento y liberación de capacidad. Si SOL–184 no se conecta al inicio de la vigencia temporal, esa alternativa pierde vigencia. Si una obra se retrasa, la consecuencia no se deduce del tablero: se revisan concepto, curva S, garantía, contratos y reglas sobre FPO.

La aprobación ambiental permanece separada. Una licencia o permiso no asigna capacidad eléctrica; un concepto de conexión no sustituye la decisión ambiental. Y si el banco exige una condición precedente —un documento o hecho que debe cumplirse antes de una actuación como un desembolso— solo el contrato privado dice cuál es y quién la verifica.

La misma separación vale para excedentes. La UPME abrió en agosto un segundo ciclo bajo la Resolución 542, pero una ventana abierta no identifica automáticamente proyectos aprobados ni energía entregada. La pregunta útil es: ¿para cuál ruta, en cuál ciclo, con qué documento, por cuánto tiempo y bajo qué condición? [8]

Un expediente que permita tomar la siguiente decisión

Desarrollo compara barras. Ingeniería identifica estudios y obras. Legal determina la ruta y controla versiones. El transportador u operador de red aporta información y comentarios. UPME evalúa y emite el concepto cuando corresponde. ASIC administra la aprobación de la garantía aplicable. El controller une hitos, costos y documentos sin convertir una aprobación técnica en una financiera.

El registro mínimo debería responder seis preguntas: ¿qué ruta aplica?, ¿qué capacidad se solicita?, ¿qué corte soporta el dato?, ¿quién emite el siguiente documento?, ¿qué plazo puede bloquear el avance?, y ¿qué cambió en cronograma, costo o caja? Es la historia de una misma solicitud, no un checklist desconectado.

También conviene mantener tres cifras separadas. La capacidad indicativa es una referencia bajo escenarios. La capacidad solicitada es la pretensión del interesado. La capacidad aprobada aparece en el concepto y puede ser menor o condicionada. Después vienen otras magnitudes: capacidad aceptada, potencia registrada, disponibilidad, despacho y energía medida. No son sinónimos.

El calendario exige la misma disciplina: publicación del tablero, radicación, firmeza del concepto, plazo para aceptar, FPO temporal, FPO definitiva y vigencia de una medida son relojes distintos. El controller no necesita operar la red, pero sí impedir que una fecha sustituya a otra.

El mapa reduce la búsqueda; el expediente cambia la decisión

La pregunta inicial era si el número del tablero puede entrar al cronograma, al modelo de ingresos o al paquete del prestamista. Puede entrar como supuesto de prefactibilidad, rotulado con corte, escenario y limitación. No debe entrar como capacidad asignada, fecha comprometida o condición cumplida.

Lo que cambió el 13 de octubre es la visibilidad. Lo que no cambió es la cadena de responsabilidad: escoger la ruta, radicar información completa, superar la evaluación, recibir el concepto y cumplir aceptación y seguimiento. Una alternativa temporal puede ser menor, depender de la definitiva y perder vigencia; una ampliación de excedentes vuelve a condiciones previas cuando termina la medida.

En SOL–184, 40 MW indicativos llevaron a solicitar 30 y a documentar 22 temporales bajo condiciones. La reducción no es una falla narrativa: es la información que protege cronograma, costo y caja de una promesa que la red nunca hizo.

Fuentes y límites

[1] UPME · tablero y carácter indicativo · 13 octubre 2026

[2] UPME 358 · conexión temporal, arts. 13–14 · 20 mayo 2026

[3] UPME 542 · excedentes, procedimiento y límites · 28 julio 2026

[4] CNO Acuerdo 2090 · oportunidad física vs. viabilidad eléctrica · 20 enero 2026

[5] CREG 075 · asignación, aceptación y ventanilla única · texto vigente

[6] CREG 101 094 · alternativa temporal y obra requerida · 27 noviembre 2025

[7] CREG 101 114 · solicitudes de excedentes y actores · junio 2026

[8] UPME · segundo ciclo de capacidad excedentaria · agosto 2026

Corte: 19 de octubre de 2026. Las fuentes describen referencias y procedimientos públicos; no se revisó un expediente real ni contratos privados. SOL–184 y sus 40/30/22 MW son una simulación. No se infieren aprobación bancaria, cierre financiero, despacho, generación o ingresos.